Partimos de este supuesto: el casero tiene que realizar y pagar todas las reparaciones de conservación de la vivienda que sean necesarias para mantener su habitabilidad, excepto en dos casos: que haya sido el inquilino o sus invitados quienes hayan causado el daño. o que se trata de una pequeña reparación derivada del desgaste por el uso ordinario de la vivienda.
*Cualquier reparación que quiera realizar el inquilino se la tendrá que notificar al propietario.
*Cualquier reparación que quiera realizar el inquilino se la tendrá que notificar al propietario.
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