Los planes de pensiones: son un sistema de previsión voluntaria, complementaria al sistema de prestación de pensiones de la Seguridad Social, cuyo fin es proporcionar a sus partícipes o beneficiarios una renta en el caso de jubilación u otras contingencias. Estas prestaciones no son substitutivas de las preceptivas en el régimen de la Seguridad Social.
Situaciones en las que se puede hacer efectivo el cobro del plan de pensiones:
Situaciones en las que se puede hacer efectivo el cobro del plan de pensiones:
- La jubilación o situación asimilable del partícipe.
- La invalidez laboral total y permanente para la profesión habitual o absoluta y permanente para todo trabajo.
- El fallecimiento del partícipe o del beneficiario.
- Desempleo de larga duración del partícipe sin ninguna prestación.
Jubilación o situación asimilable del participe.
-Desde que se tiene derecho a la pensión de jubilación, si no se tiene derecho a la prestación por jubilación se podrá presentar el certificado de la Seguridad Social de no tener derecho a pensión de jubilación y haber cumplido los 65 años.
Invalidez laboral total y permanente para la profesión habitual o absoluta y permanente para todo trabajo. Enfermedad grave.
-Se deberá presentar el certificado de la Seguridad Social de tener derecho a pensión de invalidez.
-Minusválidos: tienen que tener 45 años o más y presentar el certificado del IMSERSO.
Fallecimiento del partícipe o beneficiario.
Paro de larga duración.
Fallecimiento del partícipe o beneficiario.
-Tiene que presentar el certificado de defunción.
Paro de larga duración.
-Es necesario presentar el certificado del SEPE de encontrarse en paro, como demandante de empelo y sin haber percibido prestaciones.
Las partes en los planes de pensiones son los promotores que son la entidades que crean los planes de pensiones, pueden ser empresas, sindicatos...; los participes son las personas para las que se crea el plan de pensiones y los beneficiarios que son los que perciben la prestación. Promotores y participes pueden hacer aportaciones al plan.
Según quien sea el promotor podemos tener un sistema individual, en el cual el promotor es una entidad financiera. Un sistema de empleo donde los participes son los trabajadores de una empresa y por último un sistema de asociados donde los participes son los miembros de una asociación, como por ejemplo un sindicato.
Principales problemas de los planes de pensiones, son activos financieros que entrañan algún tipo de riesgo. Además presentan problemas de iliquidez, sólo se pueden cobrar en determinados casos, así que si usted va a necesitar el dinero, no debería contratar este tipo de activo.
Beneficios que reporta el plan de pensiones; se pueden deducir las aportaciones a este en el IRPF. Al igual que sucede en los fondos de inversión, los planes de pensiones pueden ser traspasados sin que tributen, por ejemplo en un cambio de una entidad por otra; o mismo dentro de una misma firma cambiar un plan de pensiones por otro que oferten.
Planes de pensiones, rendimientos e impuestos.
Cuando se hace el cobro del plan de pensiones, sus rendimientos en caso de tenerlos se declaran en el IRPF y reciben el tratamiento fiscal de rendimientos del trabajo. En caso de fallecimiento del participe el beneficiario tendrá que pagar los rendimientos del plan como renta del trabajo y no en el impuesto de sucesiones.
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